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Si a mi abuelo le hubiera dicho que su abuelo —es decir, mi tatarabuelo— experimentó en sus propias carnes el fenómeno de la bilocación cuando era solo un niño, no se lo hubiera creído. Aunque, en realidad, tampoco había manera de convencerlo de que la Tierra no es plana; cosas de aquella época… y, bueno, también de esta.

 

Límites de la provincia de Guadalajara por el noreste, según un mapa de 1781. A pesar de sus imprecisiones geográficas, ayuda a comprender hasta que punto se adentraba la provincia de Soria en el territorio guadalajareño. Sigüenza aparece a la izquierda, justo en el límite, y a su derecha se abre un gran espacio que se prolinga hasta el Tajo.

Pero el caso es que el abuelo de mi abuelo un día del año 1833 se despertó y de repente pensó que o estaba muerto o se encontraba ubicado en dos lugares al mismo tiempo. Como cada noche desde su nacimiento se había ido a dormir en un pueblo de la provincia de Soria, y, sin moverse de la cama, a la mañana siguiente estaba en el mismo pueblo pero en la provincia de Guadalajara. ¿Era aquella una experiencia extracorporal, fruto de un viaje astral? Ni por asomo. El abuelo de mi abuelo se enteró de que a sus vecinos y vecinas, y también a las gentes de otros pueblos, les había sucedido lo mismo.

El país había estado bastante revuelto antes de llegar a esa situación. Cuando los franceses fueron expulsados definitivamente del territorio peninsular, y finalizada así la guerra de la Independencia, regresó el rey Fernando VII después de estar retenido en el país galo y reimplantó el régimen absolutista que había quedado aparcado. “¡Vivan las cadenas! ¡Muera la libertad y vivan las cadenas!”, gritaban sus partidarios y los enemigos de establecer un régimen basado en la Constitución de Cádiz de 1812. Esta era la primera Constitución de la historia de España y nunca había sido aplicada porque la redactaron los liberales durante la guerra, y, entre otras cosas, establecía que el rey debía compartir el poder legislativo con las Cortes. Entonces, para reivindicar eso, se produjeron varias conjuraciones de los liberales, pero todas acabaron ahogadas de inmediato —y casi siempre, en sangre—. Todas menos una, la encabezada por el coronel Rafael del Riego en 1820, que obligó a la aceptación de la Constitución por parte del rey, porque a este no le quedaba más remedio. Hay que decir que fue el segundo país europeo donde se dio un paso semejante, después de hacerlo bastante antes Luis XVI en Francia. Con aquel acontecimiento se inició el llamado Trienio Liberal, que se prolongaría hasta 1823 y supondría un pequeño y breve rayo de luz en medio de la penumbra del conservadurismo monárquico-clerical en que estaba sumido el país —aunque al final todo acabaría en humo y con una represión a la española, con el ahorcamiento de Riego como primera medida. ¡Qué bestias!

En este abanico se estampó una alegoría de las libertades constitucionales logradas en 1820:  España (simbolizada por la figura femenina coronada y sentada) es liberada por los militares liberales desterrados (simbolizados por el guerrero ataviado con los emblemas del león y la bandera) porque traen la Constitución de Cádiz (representada por la mujer de pie que señala una bandera que lleva en la otra mano).

Entonces, en 1820, se procedió a la convocatoria de las Cortes y, con anterioridad, a celebrar elecciones; se aceptaron las dos libertades fundamentales de reunión y expresión, se abolió el tormento y la confiscación de bienes, y se suprimió la Inquisición… pero las mujeres siguieron sin el derecho a participar en la vida política, a pesar del importante papel que desempeñaron en la guerra. En medio de esos aires con ciertos tintes revolucionarios, los elegidos para representar al pueblo en las Cortes empezaron a desarrollar en reglamentos y leyes el contenido de la Constitución de Cádiz. Precisamente en uno de sus artículos se decía: “Se hará una división más conveniente del territorio español por una ley constitucional, luego que las circunstancias políticas de la Nación lo permitan”. Y ahí comenzó la que luego sería la pesadilla del abuelo de mi abuelo pero que representó un paso de gigante en la ordenación administrativa y política del país.

A partir de ese momento, se recogieron propuestas anteriores y se hicieron otras nuevas para ordenar el territorio, porque era tal el caos que había provocado la desidia de una Administración anticuada y corrupta que estaba todo muy abierto. Tan abierto que, por ejemplo, el Ayuntamiento de Sigüenza, ni corto ni perezoso, el 27 de agosto de 1820 pidió convertirse en la capital de la provincia, compitiendo así con la ciudad de Guadalajara y alegando que se hallaba más céntrica, que «estaba en ella establecida la Silla episcopal» o que era, con 4.868 habitantes, la segunda ciudad más poblada de la provincia. Pero Guadalajara no se amilanó y respondió de inmediato, según se recoge en el Diario de sesiones de las Cortes: “A la comisión que entiende en la división del territorio español se mandó pasar una solicitud del Ayuntamiento de Guadalajara pidiendo que las Cortes desestimen la que ha hecho la ciudad de Sigüenza y manden permanezca en aquella la capital de provincia”.

Descripción de los límites de la provincia de Guadalajara según aparecían en la publicación del texto de la Ley de Javier de Burgos de 1833. Los pueblos que debían agregarse, o los que se perdían, no estaban especificados, sino que debían deducirse por la definición de los nuevos límites provinciales.

¡Menudo cabreo pillaron todos! En aquel caso, los arriacenses se habrían acostado en una capital pero se habrían levantado en una ciudad de segunda más; mientras que los seguntinos… Pero es que al año siguiente fue Brihuega la que le plantó cara a la ciudad de Guadalajara para robarle la capitalidad provincial porque decían que allí tenían un mercado semanal muy importante y un establecimiento nacional de paños. Y luego cogió el testigo Cifuentes, ¡que también intentó desbancar a Guadalajara!

En esos años y los siguientes hubo propuestas que aún nos sorprenden, acostumbrados como estamos a no mirar demasiado hacia el pasado. Por ejemplo, ante la queja del Ayuntamiento de Molina de Aragón (que hasta 1804 había sido de Cuenca) por la desmembración de su partido, las Cortes se mostraron dispuestas a que la provincia se llamara “Guadalajara con Molina”. También dijo alguien que la ciudad de Guadalajara debía pasar a la provincia de Madrid; mientras que un diputado valenciano, contra todo pronóstico, defendió la idea de que “por ciudad no debía ser Madrid la corte, porque no lo es, debería serlo Guadalajara”. ¿Quién da más? Por otros lares, Chinchilla estuvo a punto de ser capital de la provincia frente a Albacete; Manzanares le disputó la capitalidad provincial a Ciudad Real… y parecidos forcejeos se repitieron en diferentes territorios provinciales.

Así, entre disputa y disputa, llegamos a 1833, que fue cuando el abuelo de mi abuelo… porque a un político llamado Javier de Burgos, recién elegido Secretario de Estado y del Fomento General del Reino, le encargó el presidente del Gobierno que, antes de nada, propusiera una “división civil del territorio como base de la administración interior”. Acababa de morir Fernando VII y comenzaba el reinado de Isabel II bajo la regencia de su madre, María Cristina. 

Dado que previamente se habían realizado numerosas propuestas y discusiones al respecto en diferentes comisiones, en tan solo un mes tuvo Javier de Burgos preparada una ley que determinaba cuáles debían ser los límites de las 49 provincias españolas en que iba a quedar dividido el territorio. De ese modo se modificaron los límites de muchas de ellas, pues agregaban o perdían pueblos teniendo en cuenta la posición de centralidad en el territorio, permitiendo así que la capital provincial fuera accesible por igual desde los puntos más alejados; pero también considerando aspectos históricos, demográficos, urbanísticos, ambientales…

Detalle de un mapa de Castilla La Nueva (París, 1845) con la división provincial establecida por la Ley de Javier de Burgos. Aquí puede apreciarse parte del territorio que le fue restado a la provincia de Soria para añadírselo a la de Guadalajara por el noroeste. Como puede observarse, la accidentalidad del terreno fue determinante en esta zona a la hora de deslindar.

Por todo ello, como consecuencia de la Ley de Javier de Burgos, las buenas gentes de Aguilar de Anguita, Alcolea del Pinar, Alcuneza, Anguita, Barbatona, Bochones, Bujarrabal, Cortes, Cubillas del Pinar, Esplegares, Estriégana, Garbajosa, Guijosa, Horna, Imón, Jodra, La Hortezuela de Océn, Las Olmedillas del Ducado, Luzaga, Maranchón, Matas del Ducado, Mojares, Padilla, Riba de Saelices, Sacecorbo, Saelices de la Sal, Saúca, Sotodosos, Tortonda, Villacorza, Villarejo o Villaverde, entre otros muchos pueblos, se acostaron el 30 de noviembre de 1833 en la provincia de Soria y amanecieron el 1 de diciembre en la provincia de Guadalajara. “¡¡¡Que somos sorianos!!!”, debieron exclamar, como poco, a voz en grito. Pero así estaban las cosas y así iban a quedarse… hasta hoy.

Antonio Gil Ambrona